TEMUCO, 01 DE OCTUBRE 2026
SEGUNDA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
LUZ ESTELVINA SANDOVAL YÁÑEZ
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 222681 | RESOLUCIÓN N° E-34184 | 25 de Agosto de 2026
INMUEBLE RURAL · PADRE LAS CASAS · PROVINCIA DE CAUTIN
INMUEBLE RURAL · PADRE LAS CASAS · PROVINCIA DE CAUTIN
POR RESOLUCIÓN N° E-34184, de fecha 25 de Agosto de 2026, Expte. N° 222681, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de LUZ ESTELVINA SANDOVAL YÁÑEZ, para la regularización de posesión de un inmueble Rural, ubicado en MILLAHUECO, COMUNIDAD INDÍGENA LLEUVUL SANDOVAL, de la Comuna de Padre Las Casas. Rol de avalúo N° 3358-97, Plano N° 09112 - 32.970 - S.R., Provincia de Cautin, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 0,61 hás, y deslinda:
Hijuela N°5 NORESTE : Octavio Omar Vera Melo y Carlos Luis Huaiquilaf Sandoval, ambos en línea quebrada y separados por cerco; SURESTE : Carlos Luis Huaiquilaf Sandoval y Segundo Sandoval Sandoval, ambos en línea quebrada y separados por cerco; SUROESTE : Segundo Sandoval Sandoval en línea quebrada, separado por cerco; NOROESTE : Camino Vecinal; e Hijuela N°4 de Carlos Hugo Sandoval Yáñez, separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción deFojas 2.942 Nº 1.943 de 2023 y Fojas 3837 N° 3229 año 2017 del Segundo Conservador de Temuco
Hijuela N°5 NORESTE : Octavio Omar Vera Melo y Carlos Luis Huaiquilaf Sandoval, ambos en línea quebrada y separados por cerco; SURESTE : Carlos Luis Huaiquilaf Sandoval y Segundo Sandoval Sandoval, ambos en línea quebrada y separados por cerco; SUROESTE : Segundo Sandoval Sandoval en línea quebrada, separado por cerco; NOROESTE : Camino Vecinal; e Hijuela N°4 de Carlos Hugo Sandoval Yáñez, separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción deFojas 2.942 Nº 1.943 de 2023 y Fojas 3837 N° 3229 año 2017 del Segundo Conservador de Temuco
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día viernes 29 de diciembre de 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
ALFREDO ACOSTA MANSILLA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 01/10/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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