TEMUCO, 01 DE OCTUBRE 2026
SEGUNDA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
ARNOLDA RUTH SÁNCHEZ PINCHEIRA
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 219471 | RESOLUCIÓN N° E-35352 | 31 de Agosto de 2026
INMUEBLE RURAL · VILLARRICA · PROVINCIA DE CAUTÍN
INMUEBLE RURAL · VILLARRICA · PROVINCIA DE CAUTÍN
POR RESOLUCIÓN N° E-35352, de fecha 31 de Agosto de 2026, Expte. N° 219471, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de ARNOLDA RUTH SÁNCHEZ PINCHEIRA, para la regularización de posesión de un inmueble Rural, ubicado en HUINCACARA, VOIPIR, de la Comuna de Villarrica. Rol de avalúo N° 327-367, Plano N° 09120 - 32.885 - S.R., Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 2.366,11 mt2, y deslinda:
NORTE : Camino Vecinal en 6,17 metros; y Mauricio Antonio Villegas García en 38,87 metros, separado por cerco; ESTE : Nora Eudocia Astudillo Salgado en línea quebrada de dos parcialidades de 12,06 metros y 14,06 metros, separado por cerco; y Estero Collico en 46,67 metros; SUR : Estero Collico en 25,88 metros; OESTE : Pedro Hilario Rivera Collinao en línea quebrada de dos parcialidades de 5,04 metros y 57,44 metros, separado por cerco.
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 2.569 Nº 1.947 del año 2018 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica.
NORTE : Camino Vecinal en 6,17 metros; y Mauricio Antonio Villegas García en 38,87 metros, separado por cerco; ESTE : Nora Eudocia Astudillo Salgado en línea quebrada de dos parcialidades de 12,06 metros y 14,06 metros, separado por cerco; y Estero Collico en 46,67 metros; SUR : Estero Collico en 25,88 metros; OESTE : Pedro Hilario Rivera Collinao en línea quebrada de dos parcialidades de 5,04 metros y 57,44 metros, separado por cerco.
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 2.569 Nº 1.947 del año 2018 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica.
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 29 de diciembre del 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
DIEGO GUERRERO REINOSO
ENCARGADO UNIDAD JURIDICA
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD JURIDICA
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 01/10/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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