TEMUCO, 01 DE OCTUBRE 2026
SEGUNDA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
ROSA HERMINDA ABELLO SEPÚLVEDA
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 213684 | RESOLUCIÓN N° E-34043 | 25 de Agosto de 2026
INMUEBLE RURAL · GORBEA · PROVINCIA DE CAUTIN
INMUEBLE RURAL · GORBEA · PROVINCIA DE CAUTIN
POR RESOLUCIÓN N° E-34043, de fecha 25 de Agosto de 2026, Expte. N° 213684, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de ROSA HERMINDA ABELLO SEPÚLVEDA, para la regularización de posesión de un inmueble Rural, ubicado en FAJA RICCI, de la Comuna de Gorbea. Rol de avalúo N° 454-18, Plano N° 09107 - 33.274 - S.R., Provincia de Cautin, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 1,19 ha, y deslinda:
Hijuela N°1 NORESTE : Marisel del Carmen Escobar Sandoval, separado por cerco; SURESTE : Jorge Urrutia Rojas e Hijuela N°2 de Miguel Adelmo Abello Sepúlveda, ambos separados por cerco; SUROESTE : Hijuela N°3 de Zenen Alfredo Abello Sepúlveda, separado por cerco; NOROESTE : Pedro Sandoval Sandoval, separado por cerco. NOTA : "El acceso al predio es por mera tolerancia del vecino colindante don Miguel Adelmo Abello Sepúlveda".
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad, de las inscripciones de Fojas 834 Nº 738 de 2024 y fjs. 831V N° 736 año 2024 del Conservador de Pitrufquén.
Hijuela N°1 NORESTE : Marisel del Carmen Escobar Sandoval, separado por cerco; SURESTE : Jorge Urrutia Rojas e Hijuela N°2 de Miguel Adelmo Abello Sepúlveda, ambos separados por cerco; SUROESTE : Hijuela N°3 de Zenen Alfredo Abello Sepúlveda, separado por cerco; NOROESTE : Pedro Sandoval Sandoval, separado por cerco. NOTA : "El acceso al predio es por mera tolerancia del vecino colindante don Miguel Adelmo Abello Sepúlveda".
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad, de las inscripciones de Fojas 834 Nº 738 de 2024 y fjs. 831V N° 736 año 2024 del Conservador de Pitrufquén.
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 29 de Diciembre de 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
ALFREDO ACOSTA MANSILLA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 01/10/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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