TEMUCO, 01 DE OCTUBRE 2026
SEGUNDA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
JOSÉ ANGEL HUENCHUMÁN LLANQUITRÚ
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 202751 | RESOLUCIÓN N° E-35352 | 31 de Agosto de 2026
INMUEBLE RURAL · MELIPEUCO · PROVINCIA DE CAUTÍN
INMUEBLE RURAL · MELIPEUCO · PROVINCIA DE CAUTÍN
POR RESOLUCIÓN N° E-35352, de fecha 31 de Agosto de 2026, Expte. N° 202751, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de JOSÉ ANGEL HUENCHUMÁN LLANQUITRÚ, para la regularización de posesión de un inmueble Rural, ubicado en TCOLOHUE, COMUNIDAD INDÍGENA JUAN PAÑITRUR, de la Comuna de Melipeuco. Rol de avalúo N° 308-146, Plano N° 09110 - 33.100 - S.R., Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 0,54 hás, y deslinda:
NORTE : Sucesión Huenchumán Llanquitru, separado por cerco; ESTE : Camino Público de Icalma a Melipeuco; SUR : Camino Público de Icalma a Melipeuco; OESTE : Abelina Calfullan Ancamil en línea quebrada, separado por cerco.
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 419, Nº 311 del año 2021 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cunco.
NORTE : Sucesión Huenchumán Llanquitru, separado por cerco; ESTE : Camino Público de Icalma a Melipeuco; SUR : Camino Público de Icalma a Melipeuco; OESTE : Abelina Calfullan Ancamil en línea quebrada, separado por cerco.
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 419, Nº 311 del año 2021 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cunco.
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 29 de diciembre del 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
DIEGO GUERRERO REINOSO
ENCARGADO UNIDAD JURIDICA
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD JURIDICA
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 01/10/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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