TEMUCO, 01 DE OCTUBRE 2026
PRIMERA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
MARÍA LUISA HUENCHUAL HUILCÁN
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 199029 | RESOLUCIÓN N° E-40805 | 30 de Septiembre de 2026
INMUEBLE RURAL · TEMUCO · PROVINCIA DE CAUTÍN
INMUEBLE RURAL · TEMUCO · PROVINCIA DE CAUTÍN
POR RESOLUCIÓN N° E-40805, de fecha 30 de Septiembre de 2026, Expte. N° 199029, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de MARÍA LUISA HUENCHUAL HUILCÁN, para la regularización de posesión de un inmueble Rural, ubicado en CATRIMALAL, COMUNIDAD INDÍGENA PUEL, de la Comuna de Temuco. Rol de avalúo N° 3255-734, Plano N° 09101 - 33.868 - S.R., Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 869,21 m², y deslinda:
NORTE : Daniel Ancamil Ancamil en 28,08 metros y Carmen Rivas Calfuquir en 13,85 metros, ambos separados por cerco; ESTE : Jorge Callinao Curinao en 20,54 metros, separado por cerco; SUR : Camino Vecinal en 41,73 metros, que lo separa de Marcia Susana Painevilo Marivil; OESTE : Isaac Hermosilla Andias en 20,95 metros, separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad, de la inscripción de fojas 9253 vta N°8150 del año 2014; fojas 5321 vta N° 4598 del año 2016 y fojas 5653 vta N°4978 del año 2016, todas inscripciones del Registro de Propiedad del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco.
NORTE : Daniel Ancamil Ancamil en 28,08 metros y Carmen Rivas Calfuquir en 13,85 metros, ambos separados por cerco; ESTE : Jorge Callinao Curinao en 20,54 metros, separado por cerco; SUR : Camino Vecinal en 41,73 metros, que lo separa de Marcia Susana Painevilo Marivil; OESTE : Isaac Hermosilla Andias en 20,95 metros, separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad, de la inscripción de fojas 9253 vta N°8150 del año 2014; fojas 5321 vta N° 4598 del año 2016 y fojas 5653 vta N°4978 del año 2016, todas inscripciones del Registro de Propiedad del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco.
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 12 de enero de 2027
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
DIEGO GUERRERO REINOSO
ENCARGADO UNIDAD JURIDICA
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD JURIDICA
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 01/10/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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