TEMUCO, 01 DE NOVIEMBRE 2026
PRIMERA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
ALICIA VERÓNICA OVANDO PORMA
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 198856 | RESOLUCIÓN N° E-34333 | 26 de Agosto de 2026
INMUEBLE RURAL · MELIPEUCO · PROVINCIA DE CAUTÍN
INMUEBLE RURAL · MELIPEUCO · PROVINCIA DE CAUTÍN
POR RESOLUCIÓN N° E-34333, de fecha 26 de Agosto de 2026, Expte. N° 198856, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de ALICIA VERÓNICA OVANDO PORMA, para la regularización de posesión de un inmueble RURAL, ubicado en SAHUELHUE, COMUNIDAD INDÍGENA FRANCISCO OVANDO, de la Comuna de MELIPEUCO. Rol de avalúo N° 311-220, Plano N° 09110 - 33.098 - S.R., Provincia de CAUTÍN, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 1,39 HÁS, y deslinda:
NORTE : Sucesión Ovando Trecaman en línea quebrada, separado por cerco; ESTE : Victor Calfullan Martinez en línea quebrada, separado por cerco; SUR : Raquel Ovando Porma en línea quebrada, separado por cerco; OESTE : Leopoldo Rebolledo Aroca en línea quebrada, separado por cerco. NOTA: “El acceso al predio es por mera tolerancia de la vecina colindante doña Raquel Ovando Porma".
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad, de la inscripción de Fojas 1960, N°1277, del Registro de Propiedad del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Cunco.
NORTE : Sucesión Ovando Trecaman en línea quebrada, separado por cerco; ESTE : Victor Calfullan Martinez en línea quebrada, separado por cerco; SUR : Raquel Ovando Porma en línea quebrada, separado por cerco; OESTE : Leopoldo Rebolledo Aroca en línea quebrada, separado por cerco. NOTA: “El acceso al predio es por mera tolerancia de la vecina colindante doña Raquel Ovando Porma".
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad, de la inscripción de Fojas 1960, N°1277, del Registro de Propiedad del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Cunco.
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 10 de Febrero del 2027
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
ALFREDO ACOSTA MANSILLA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 01/11/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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