TEMUCO, 01 DE OCTUBRE 2026
SEGUNDA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
PETRONILA AURORA ANTIPÁN CALFANTE
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 198471 | RESOLUCIÓN N° E-37969 | 14 de septiembre de 2026
INMUEBLE RURAL · LONCOCHE · PROVINCIA DE CAUTÍN
INMUEBLE RURAL · LONCOCHE · PROVINCIA DE CAUTÍN
POR RESOLUCIÓN N° E-37969, de fecha 14 de septiembre de 2026, Expte. N° 198471, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de PETRONILA AURORA ANTIPÁN CALFANTE, para la regularización de posesión de un inmueble Rural, ubicado en Molco, Comunidad Indígena Manuel Antipan, comuna Loncoche, región De La Araucanía, de la Comuna de Loncoche. Rol de avalúo N° 405-16, Plano N° 09109-33.391-S.R., Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 2,75 ha, y deslinda:
NORTESTE: Sucesión Antipán Curallanca, en línea quebrada separado por cerco; SURESTE: Sucesión Antipan Curin, en línea quebrada separado por cerco; SUROESTE: Camino vecinal que lo separa de Francisco Antipan Cheuquellan, en línea quebrada separado por cerco; NOROESTE: Hijuela 3 de Estelia Antipan Calfante, en línea recta separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 71, N°101, año 2012; y fojas 377, N°567, año 2017, Conservador de Bienes Raíces de Loncoche
NORTESTE: Sucesión Antipán Curallanca, en línea quebrada separado por cerco; SURESTE: Sucesión Antipan Curin, en línea quebrada separado por cerco; SUROESTE: Camino vecinal que lo separa de Francisco Antipan Cheuquellan, en línea quebrada separado por cerco; NOROESTE: Hijuela 3 de Estelia Antipan Calfante, en línea recta separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 71, N°101, año 2012; y fojas 377, N°567, año 2017, Conservador de Bienes Raíces de Loncoche
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 29 de diciembre de 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
ALFREDO ACOSTA MANSILLA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 01/10/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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