TEMUCO, 01 DE OCTUBRE 2026
SEGUNDA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
SEGUNDO CALCUMIL QUINCHAVIL
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 198060 | RESOLUCIÓN N° E-34043 | 25 de Agosto de 2026
INMUEBLE RURAL · NUEVA IMPERIAL · PROVINCIA DE CAUTIN
INMUEBLE RURAL · NUEVA IMPERIAL · PROVINCIA DE CAUTIN
POR RESOLUCIÓN N° E-34043, de fecha 25 de Agosto de 2026, Expte. N° 198060, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de SEGUNDO CALCUMIL QUINCHAVIL, para la regularización de posesión de un inmueble Rural, ubicado en CARDAL, COMUNIDAD INDÍGENA LUIS MARTÍN LEMUÑIR, de la Comuna de Nueva Imperial. Rol de avalúo N° 604-734, Plano N° 09111 - 32.962 - S.R., Provincia de Cautin, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 0,99 ha, y deslinda:
NORESTE : Zoila Luisa Aillapán Curiqueo, separado por cerco; SURESTE : Camino Vecinal, que lo separa de Justo Segundo Caniullán Treumun; SUROESTE : Carlos Calcumil Quinchavil, separado por cerco; NOROESTE : José Luis Calcumil Quinchavil en línea quebrada, separado por cerco.
el inmueble se inscriba a nombre del solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad, de la inscripción de fojas 482V Nº 537 del año 2018 del Conservador Bienes Raices de Nueva Imperial
NORESTE : Zoila Luisa Aillapán Curiqueo, separado por cerco; SURESTE : Camino Vecinal, que lo separa de Justo Segundo Caniullán Treumun; SUROESTE : Carlos Calcumil Quinchavil, separado por cerco; NOROESTE : José Luis Calcumil Quinchavil en línea quebrada, separado por cerco.
el inmueble se inscriba a nombre del solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad, de la inscripción de fojas 482V Nº 537 del año 2018 del Conservador Bienes Raices de Nueva Imperial
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 29 de Diciembre de 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
ALFREDO ACOSTA MANSILLA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 01/10/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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