TEMUCO, 15 DE SEPTIEMBRE 2026
PRIMERA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
SANTOS ISIDORO CÁRDENAS FERREIRA
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 197091 | RESOLUCIÓN N° E-34333 | 26 de Agosto de 2026
INMUEBLE RURAL · VILLARRICA · PROVINCIA DE CAUTÍN
INMUEBLE RURAL · VILLARRICA · PROVINCIA DE CAUTÍN
POR RESOLUCIÓN N° E-34333, de fecha 26 de Agosto de 2026, Expte. N° 197091, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de SANTOS ISIDORO CÁRDENAS FERREIRA, para la regularización de posesión de un inmueble Rural, ubicado en VILLA ALEGRE, de la Comuna de Villarrica. Rol de avalúo N° 1318-73, Plano N° 09120 - 32.869 - S.R., Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 2.853,13 mt2, y deslinda:
NORESTE : Estero Sin Nombre en 24,77 metros, que lo separa de Parque Nativo SPA; SURESTE : Gianella Valentina Jimenez Rozas en 124,82 metros, separado por cerco; SUROESTE : Camino Público de Villa Alegre a Villarrica en 24,58 metros; NOROESTE : Dominga Moraga Araya en 113,38 metros, separado por cerco.
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de fojas 2567 Nº 2174, año 2014 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica.
NORESTE : Estero Sin Nombre en 24,77 metros, que lo separa de Parque Nativo SPA; SURESTE : Gianella Valentina Jimenez Rozas en 124,82 metros, separado por cerco; SUROESTE : Camino Público de Villa Alegre a Villarrica en 24,58 metros; NOROESTE : Dominga Moraga Araya en 113,38 metros, separado por cerco.
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de fojas 2567 Nº 2174, año 2014 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica.
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 29 de diciembre del 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
ALFREDO ACOSTA MANSILLA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 15/09/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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