TEMUCO, 01 DE OCTUBRE 2026
SEGUNDA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
EDITH DEL CARMEN MARTÍNEZ LEAL
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 196393 | RESOLUCIÓN N° E-34043 | 25 de Agosto de 2026
INMUEBLE RURAL · FREIRE · PROVINCIA DE CAUTIN
INMUEBLE RURAL · FREIRE · PROVINCIA DE CAUTIN
POR RESOLUCIÓN N° E-34043, de fecha 25 de Agosto de 2026, Expte. N° 196393, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de EDITH DEL CARMEN MARTÍNEZ LEAL, para la regularización de posesión de un inmueble Rural, ubicado en RUCAHUE, COMUNIDAD INDÍGENA JOSÉ MILLAFIL, de la Comuna de Freire. Rol de avalúo N° 325-637, Plano N° 09105 - 32.952 - S.R., Provincia de Cautin, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 2534,95 mt2, y deslinda:
Hijuela N°5 NORTE : Hijuela N°1 de José Alcides Martínez Leal en 47,68 metros, separado por cerco; ESTE : Erna Martínez Leal en 57,83 metros, separado por cerco; SUR : María Paillao Hueche en 45,11 metros, separado por cerco; OESTE : José Alcides Martínez Leal en 52,41 metros, separado por cerco. NOTA : "El acceso al Predio es por mera tolerancia del inmueble colindante propiedad de Erna Martínez Leal".
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco (2°) , debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad, de las inscripciones de fjs. 2103 N° 2020 de 2019 y fjs. 10214 N° 7068 año 2018 del Segundo Conservador Bienes Raíces de Temuco
Hijuela N°5 NORTE : Hijuela N°1 de José Alcides Martínez Leal en 47,68 metros, separado por cerco; ESTE : Erna Martínez Leal en 57,83 metros, separado por cerco; SUR : María Paillao Hueche en 45,11 metros, separado por cerco; OESTE : José Alcides Martínez Leal en 52,41 metros, separado por cerco. NOTA : "El acceso al Predio es por mera tolerancia del inmueble colindante propiedad de Erna Martínez Leal".
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco (2°) , debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad, de las inscripciones de fjs. 2103 N° 2020 de 2019 y fjs. 10214 N° 7068 año 2018 del Segundo Conservador Bienes Raíces de Temuco
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 29 de Diciembre de 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
ALFREDO ACOSTA MANSILLA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 01/10/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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