TEMUCO, 01 DE OCTUBRE 2026
SEGUNDA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
JENNIFER NATALY SILVA SAAVEDRA
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 190798 | RESOLUCIÓN N° E-37838 | 11 de septiembre de 2026
INMUEBLE RURAL · TEODORO SCHMIDT · PROVINCIA DE CAUTÍN
INMUEBLE RURAL · TEODORO SCHMIDT · PROVINCIA DE CAUTÍN
POR RESOLUCIÓN N° E-37838, de fecha 11 de septiembre de 2026, Expte. N° 190798, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de JENNIFER NATALY SILVA SAAVEDRA, para la regularización de posesión de un inmueble Rural, ubicado en ISLA LICAN, COMUNIDAD INDÍGENA HUEICHAQUEO LINCANQUEO, COMUNA TEODORO SCHMIDT, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, de la Comuna de Teodoro Schmidt. Rol de avalúo N° 214-112, Plano N° 09117-33.698-SR, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 0,66 há, y deslinda:
NORESTE : Camino vecinal que lo separa de Gilberto Leñam Canio y Angel Rumilio Maltes Leñam, en línea quebrada; SURESTE : Camino público de Teodoro Schmidt a Hualpin y Jaime Rolando Maltes Leñam, en línea recta separado por cerco; SUROESTE : Jaime Rolando Maltes Leñam, en línea quebrada separado por cerco; NOROESTE : Victoriano Leñam Aillapam, en línea recta separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 2629 N°2087 año 2009; fojas 706 N°778 año 2018, CBR Nueva Imperial
NORESTE : Camino vecinal que lo separa de Gilberto Leñam Canio y Angel Rumilio Maltes Leñam, en línea quebrada; SURESTE : Camino público de Teodoro Schmidt a Hualpin y Jaime Rolando Maltes Leñam, en línea recta separado por cerco; SUROESTE : Jaime Rolando Maltes Leñam, en línea quebrada separado por cerco; NOROESTE : Victoriano Leñam Aillapam, en línea recta separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 2629 N°2087 año 2009; fojas 706 N°778 año 2018, CBR Nueva Imperial
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 29 de diciembre de 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
ALFREDO ACOSTA MANSILLA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 01/10/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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