TEMUCO, 15 DE SEPTIEMBRE 2026
PRIMERA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
JUAN CARLOS PEÑEIPIL ÑONQUE
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 178910 | RESOLUCIÓN N° E-37337 | 10 de Septiembre de 2026
INMUEBLE RURAL · GALVARINO · PROVINCIA DE CAUTÍN
INMUEBLE RURAL · GALVARINO · PROVINCIA DE CAUTÍN
POR RESOLUCIÓN N° E-37337, de fecha 10 de Septiembre de 2026, Expte. N° 178910, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de JUAN CARLOS PEÑEIPIL ÑONQUE, para la regularización de posesión de un inmueble RURAL, ubicado en lugar denominado COMUNIDAD INDÍGENA ANTONIO PEÑAIPIL, de la Comuna de GALVARINO. Rol de avalúo N° 00078−00615, Plano N° 09106-33.070-S.R., Provincia de CAUTÍN, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 1,87 hás, y deslinda:
NOROESTE : Emilio Nicanor Peñeipil, separado por cerco; NORESTE : Pedro Antonio Peñeipil Ñonque, separado por cerco; SURESTE : Camino Vecinal, a Sergio Matias Huenchuñan Calvillan y Juana Mercedes Huenchuñan Calvillan, ambos separados por cerco; SUROESTE : Sergio Antinao Deumacan, separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 1299 V, Nº 1500 del año 2014 del mismo Conservador.
NOROESTE : Emilio Nicanor Peñeipil, separado por cerco; NORESTE : Pedro Antonio Peñeipil Ñonque, separado por cerco; SURESTE : Camino Vecinal, a Sergio Matias Huenchuñan Calvillan y Juana Mercedes Huenchuñan Calvillan, ambos separados por cerco; SUROESTE : Sergio Antinao Deumacan, separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 1299 V, Nº 1500 del año 2014 del mismo Conservador.
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 29 de Diciembre de 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
ALFREDO ACOSTA MANSILLA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 15/09/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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