TEMUCO, 01 DE OCTUBRE 2026
SEGUNDA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
FRANCISCO AMBROSIO COLLÍO CURIQUEO
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 175317 | RESOLUCIÓN N° E-37372 | 10 de Septiembre de 2026
INMUEBLE RURAL · NUEVA IMPERIAL · PROVINCIA DE CAUTÍN
INMUEBLE RURAL · NUEVA IMPERIAL · PROVINCIA DE CAUTÍN
POR RESOLUCIÓN N° E-37372, de fecha 10 de Septiembre de 2026, Expte. N° 175317, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de FRANCISCO AMBROSIO COLLÍO CURIQUEO, para la regularización de posesión de un inmueble Rural, ubicado en CHOL CHOL, COMUNIDAD INDÍGENA TRAFOI CHAUCONO, de la Comuna de Nueva Imperial. Rol de avalúo N° 615 - 135, Plano N° 09111 - 33.722 - S.R., Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 1.430,9 mt2, y deslinda:
NORTE : Isabel Collío Curiqueo en línea quebrada de cuatro parcialidades de 17,24 metros, 9,24 metros, 15,17 metros y 1,66 metros, separado por cerco; ESTE : Camino Vecinal en 30,12 metros, que lo separa de Victor Hugo Villa Jaramillo; SUR : Bernanrdo Pichipil Collio en 53,18 metros, separado por cerco; OESTE : Rosa Collío Curiqueo en línea quebrada de dos parcialidades de 5,94 metros y 23,97 metros, separado por cerco.
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 391 Nº 622 del año 1985 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial.
NORTE : Isabel Collío Curiqueo en línea quebrada de cuatro parcialidades de 17,24 metros, 9,24 metros, 15,17 metros y 1,66 metros, separado por cerco; ESTE : Camino Vecinal en 30,12 metros, que lo separa de Victor Hugo Villa Jaramillo; SUR : Bernanrdo Pichipil Collio en 53,18 metros, separado por cerco; OESTE : Rosa Collío Curiqueo en línea quebrada de dos parcialidades de 5,94 metros y 23,97 metros, separado por cerco.
el inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 391 Nº 622 del año 1985 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial.
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 29 de diciembre del 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
DIEGO GUERRERO REINOSO
ENCARGADO UNIDAD JURIDICA
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD JURIDICA
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 01/10/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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