TEMUCO, 15 DE SEPTIEMBRE 2026
PRIMERA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
JULIO GABRIEL LEFIMIL LIPIN
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 144043 | RESOLUCIÓN N° E-34043 | 25 de Agosto de 2026
INMUEBLE RURAL · FREIRE · PROVINCIA DE CAUTIN
INMUEBLE RURAL · FREIRE · PROVINCIA DE CAUTIN
POR RESOLUCIÓN N° E-34043, de fecha 25 de Agosto de 2026, Expte. N° 144043, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de JULIO GABRIEL LEFIMIL LIPIN, para la regularización de posesión de un inmueble Rural, ubicado en CURACO, COMUNIDAD INDÍGENA BERNARDINO CARRITUN ÑANCO, de la Comuna de Freire. Rol de avalúo N° 303-408, Plano N° 09105 - 33.297 - S.R., Provincia de Cautin, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 1,87 ha, y deslinda:
NORTE : Camino Público de Barros Arana a Freire; ESTE : Camino Vecinal, que lo separa de Juan Curilen Ñanco y de Pablo Segundo Lipin Licanqueo; SUR : Emiliano Lefimil Lipin, separado por cerco; OESTE : Camino Vecinal, que lo separa de Julio Gabriel Lefimil Lipin.
el inmueble se inscriba a nombre del solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco (2°), debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad, de la inscripción de fjs. 8255 Nº 6711 de 2017 del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco
NORTE : Camino Público de Barros Arana a Freire; ESTE : Camino Vecinal, que lo separa de Juan Curilen Ñanco y de Pablo Segundo Lipin Licanqueo; SUR : Emiliano Lefimil Lipin, separado por cerco; OESTE : Camino Vecinal, que lo separa de Julio Gabriel Lefimil Lipin.
el inmueble se inscriba a nombre del solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco (2°), debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad, de la inscripción de fjs. 8255 Nº 6711 de 2017 del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 29 de Diciembre de 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
ALFREDO ACOSTA MANSILLA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 15/09/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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