TEMUCO, 01 DE OCTUBRE 2026
SEGUNDA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
BENITO SILVA PAINEO
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 142422 | RESOLUCIÓN N° E-76032 | 15 de septiembre de 2026
INMUEBLE RURAL · PITRUFQUÉN · PROVINCIA DE CAUTÍN
INMUEBLE RURAL · PITRUFQUÉN · PROVINCIA DE CAUTÍN
POR RESOLUCIÓN N° E-76032, de fecha 15 de septiembre de 2026, Expte. N° 142422, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de BENITO SILVA PAINEO, para la regularización de posesión de un inmueble Rural, ubicado en Pelehue, Ex Comunidad Indígena Andrés Silva Llancaman, comuna Teodoro Schmidt, región De La Araucanía, de la Comuna de Pitrufquén. Rol de avalúo N° 1216-49, Plano N° 09117-33.238-S.R., Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 3,22 há, y deslinda:
NORTE: Benito Silva Paineo, separado por cerco; ESTE: Ana Feliciana Silva Paineo, separado por cerco; SUR: Camino Vecinal que lo separa de Julio Silva Paineo y Camino Vecinal que lo separa de Clara Luisa Silva Silva; OESTE: Julio Silva Paineo en línea quebrada, separado por cerco y Clara Luisa Silva Silva, separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 750 Vta. Nº 853 del año 2007 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial.
NORTE: Benito Silva Paineo, separado por cerco; ESTE: Ana Feliciana Silva Paineo, separado por cerco; SUR: Camino Vecinal que lo separa de Julio Silva Paineo y Camino Vecinal que lo separa de Clara Luisa Silva Silva; OESTE: Julio Silva Paineo en línea quebrada, separado por cerco y Clara Luisa Silva Silva, separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 750 Vta. Nº 853 del año 2007 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial.
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 29 de diciembre de 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
ALFREDO ACOSTA MANSILLA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 01/10/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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