TEMUCO, 01 DE OCTUBRE 2026
SEGUNDA PUBLICACIÓN
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
UNIDAD DE REGULARIZACIÓN D.L. N° 2.695, DE 1979
EXTRACTO
JOSÉ NARCISO DÍAZ LLANQUIHUEN
SOLICITANTE
EXPEDIENTE N° 124591 | RESOLUCIÓN N° E-37337 | 10 de Septiembre de 2026
INMUEBLE RURAL · GALVARINO · PROVINCIA DE CAUTÍN
INMUEBLE RURAL · GALVARINO · PROVINCIA DE CAUTÍN
POR RESOLUCIÓN N° E-37337, de fecha 10 de Septiembre de 2026, Expte. N° 124591, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de La Araucanía acogió a tramitación la solicitud de JOSÉ NARCISO DÍAZ LLANQUIHUEN, para la regularización de posesión de un inmueble RURAL, ubicado en lugar denominado LINGUEMALLIN, COMUNIDAD INDÍGENA MANUEL MARIN, de la Comuna de GALVARINO. Rol de avalúo N° 73-354, Plano N° Nº 09106-33.072-S.R., Provincia de CAUTÍN, Región de la Araucanía, cuya superficie aproximada es de 4,62 hás, y deslinda:
NORTE : Sucesión Julio Mulato, separado por cerco; ESTE : José Narciso Díaz Llanquihuen, Hugo Díaz Cañete, Sucesión Francisco Díaz Millape, en tres parcialidades, todos separados por cerco; SUR : José Coñopan Suazo, separado por cerco; OESTE : Camino Público Chol-Chol Galvarino. NOTA (NORTE) : Acceso Otorgado por Mera Tolerancia Sucesión Julio Mulato, separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 904, Nº 1011 de 2016 del mismo Conservador.
NORTE : Sucesión Julio Mulato, separado por cerco; ESTE : José Narciso Díaz Llanquihuen, Hugo Díaz Cañete, Sucesión Francisco Díaz Millape, en tres parcialidades, todos separados por cerco; SUR : José Coñopan Suazo, separado por cerco; OESTE : Camino Público Chol-Chol Galvarino. NOTA (NORTE) : Acceso Otorgado por Mera Tolerancia Sucesión Julio Mulato, separado por cerco.
El inmueble se inscriba a nombre de la solicitante en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, debiendo requerirse la cancelación material, en su oportunidad de la inscripción de Fojas 904, Nº 1011 de 2016 del mismo Conservador.
El plazo para oponerse a esta regularización vence el día 29 de Diciembre de 2026
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Ante esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 11 del D.L. Nº 2.695, de 1979, terceros interesados tienen 60 días hábiles contados desde la segunda publicación para deducir oposición, bajo apercibimiento de ordenarse la inscripción del inmueble a nombre del solicitante. Unidad de Regularización Ministerio de Bienes Nacionales Región de la Araucanía.
ALFREDO ACOSTA MANSILLA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
ENCARGADO UNIDAD DE REGULARIZACIÓN (S)
SEREMI DE BIENES NACIONALES
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Publicación realizada por El Marino y Publilegales
Director: Diego Grez Cañete
Accesible de forma permanente en bbnn.diarioelmarino.cl
Fecha de publicación: 01/10/2026
© 2026 El Marino Producciones y Consultorías Limitada
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